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A más tardar el 17 de febrero de 2010
 

Presentar los siguientes pagos o declaraciones:

 
Impuesto a declarar Personas que deben presentarlo Fundamento legal
Pago provisional del impuesto sobre la renta (ISR) Personas morales, salvo las que no tengan fines de lucro y siempre que no obtengan ingresos gravados con el ISR.

Artículos 14, 76-II, 77, 79, 81, 83, 93, 94, 99, 101 a 103, 113, 127, 134, 143 y 154 de la LISR

Personas físicas:

Actividades empresariales y profesionales (honorarios)

Régimen Intermedio

Salarios

Arrendamiento de bienes inmuebles

Enajenación de bienes
Pago provisional del impuesto empresarial a tasa única (IETU) Personas morales y personas físicas que:
 
Enajenen bienes

Presten servicios independientes

Otorguen el uso o goce temporal de bienes
Artículos 1 y 9  de la LIETU
Pago mensual definitivo del impuesto al valor agregado (IVA) Personas morales

Personas físicas:

Actividades empresariales y profesionales (honorarios)

Régimen Intermedio

Arrendamiento de bienes inmuebles distintos a casa habitación
Artículos 1-A, 2-C y 5 de la LIVA
Pago mensual definitivo impuesto especial sobre producción y servicios (IEPS) Personas morales y personas físicas que sean sujetos del IEPS Artículos 5 y 5-A de la LIEPS
Entero de impuestos retenidos a terceros Personas físicas y morales que realicen retenciones de ISR, IVA o IEPS 113, 101 fracción V,127, 143 de la LISR; 1-A de la LIVA; 5-A de la LIEPS  
 

Listado de conceptos que sirvieron de base para calcular el pago provisional de enero 2010

 
Obligación Personas obligadas Fundamento legal
Presentar listado de conceptos que sirvieron de base para determinar el impuesto correspondiente al mes de enero de 2010.

Cuando resulte impuesto a cargo, se considerará cumplido el pago cuando se haya enviado la información 

Se presenta mediante el programa electrónico: Listado de conceptos del impuesto empresarial a tasa única, IETU
Personas físicas y personas morales obligadas al pago del IETU.
Las personas físicas que realicen actividades empresariales y que en el ejercicio anterior hubiesen obtenido ingresos inferiores a $2,160,130.00; las personas físicas que no realicen actividades empresariales y que hubiesen obtenido en dicho ejercicio ingresos inferiores a $370,310.00, así como las personas físicas que inicien actividades y que estimen que sus ingresos en el ejercicio serán hasta por dichas cantidades, podrán no enviar la lista de conceptos que sirvieron de base para determinar el IETU, siempre que presenten su declaración de pagos provisionales de dicho impuesto en los plazos y términos establecidos en las disposiciones fiscales.

 
Reglas II.2.12.8. y I.2.7.2. de la Resolución Miscelánea Fiscal 2009
 

Declaraciones informativas

 
Información a presentar Quiénes la deben presentar Fundamento legal
Información de las contraprestaciones o donativos recibidos en el mes inmediato anterior, en efectivo en moneda nacional o extranjera, así como en piezas de oro o plata, cuyo monto sea superior a 100,000.00 pesos. Contribuyentes que perciban contraprestaciones o donativos en efectivo en moneda nacional o extranjera, así como en piezas de oro o plata, cuyo monto sea superior a 100,000.00 pesos.
 
Artículos 86 fracción XIX, 97 fracción VI, 133 fracción VII, 145 fracción V, 154-TER- de la Ley del ISR y trámite 1/ISR del Anexo 1-A de la RMF 2008 y trámite 1/ISR Declaración informativa de operaciones superiores a $100,000.00.
Precio de enajenación al consumidor de cada unidad vendida (vehículo) en territorio nacional en el mes inmediato anterior. Fabricantes, ensambladores, distribuidores autorizados y comerciantes en el ramo de vehículos. Artículo 17 LISTUV y regla II.7.1.1. RMF 2009.
Precio de enajenación de cada producto (tabacos labrados), valor y volumen de los mismos. Esta información se presenta a través del programa  MULTI-IEPS. Productores e importadores de tabacos labrados Artículo 19-IX LIEPS y II.6.4. y II.6.16
 

 


 

 
 
Despacho Navarro López y Asociados, S.C.
Nubia 118-1, Colonia Clavería, Azcapotzalco, 02080, México, D. F. Teléfonos: (55) 5082-6748  y  (55) 5082-6749

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